M'han rebotat aquesta informació que m'ha semblat força interessant, no la coneixia:
Salut !
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Os indico la reciente modificación del artículo 333 del Código Penal.
Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica
10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
http://www.boe.es/boe/dias/2010/06/23/p ... 0-9953.pdf
Página 54858:
"El que introdujera o liberara especies de flora o fauna no autóctona, de
modo que perjudique el equilibrio biológico, contraviniendo las leyes o
disposiciones de carácter general protectoras de las especies de flora o
fauna, será castigado con la pena de prisión de cuatro meses a dos años o
multa de ocho a veinticuatro meses y, en todo caso, inhabilitación especial
para profesión u oficio por tiempo de uno a tres años."
Entra en vigor a los 6 meses a contar a partir del 23/06/2010.
Esta modificación, así como las de otros artículos relativos a los delitos
contra el medio ambiente, responden a la necesidad de acoger elementos de
armonización normativa de la Unión Europea en este ámbito. De conformidad
con las obligaciones asumidas, se produce una agravación de las penas y se
incorporan a la legislación penal española los supuestos previstos en la
Directiva 2008/99/CE de 19 de noviembre, relativa a la protección del medio
ambiente mediante el Derecho penal. En el caso del artículo 333, lo único
que cambia es el añadido final "y, en todo caso, inhabilitación especial
para profesión u oficio por tiempo de uno a tres años."
Invasores i Codi Penal
- Biel Perelló
- Member
- Entrades: 120
- Membre des de: dl. gen. 07, 2008 8:46 pm
- Ubicació: Pollença
- Contacta:
Invasores i Codi Penal
Biel J. Perelló i Coll / Pollença - Mallorca / http://www.bielperello.com
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Hola Biel.
No sabes cuanto se agradecen tus comentarios.
Veo que como siempre las leyes son muy (excepto para hacienda)....como diria yo.....de libre interpretación.
Primero, creo que la información para el ciudadano de a pie sobre la liberación de especies exóticas es pauperrima (incluso de la definición de lo que es una especie exótica).
Segundo, desconozco si una empresa que traslada, exporta, o trae a Mallorca, Olivos (Olea europaea) de Jaén es responsable (al menos subsidirio) si en su interior vienen durmiendo culebras de escalera o culebras bastardas, si una empresa que "vende carpas" sería considerada como alevosa en la introducción de especies exóticas, si un avión trae el mosquito tigre como especie introducida se le castiga con el código penal, si un camión trae "enganchadas" hormigas argentinas es castigado con la ley o si alguién deja sus cabras y ovejas sueltas por la serra de Tramuntana esta incurriendo en un delito. Alguién que tiene a su gato sin identificar y lo suelta en las plácidas noches de primavera y verano cuando los pollos de muchas aves están en el nido o saliendo de él....¿también es un delicuente?.
Como he dicho al principio, para Hacienda, el desconocimiento de las leyes no exime la responsabilidad, solo falta saber, si en los delitos ecológicos .....si.
No obstante es una buena noticia que las especies exóticas e introducidas sean encontradas por la legislación como un hecho grave.
UN ABRAZO
JOSE LUIS MARTINEZ
No sabes cuanto se agradecen tus comentarios.
Veo que como siempre las leyes son muy (excepto para hacienda)....como diria yo.....de libre interpretación.
Primero, creo que la información para el ciudadano de a pie sobre la liberación de especies exóticas es pauperrima (incluso de la definición de lo que es una especie exótica).
Segundo, desconozco si una empresa que traslada, exporta, o trae a Mallorca, Olivos (Olea europaea) de Jaén es responsable (al menos subsidirio) si en su interior vienen durmiendo culebras de escalera o culebras bastardas, si una empresa que "vende carpas" sería considerada como alevosa en la introducción de especies exóticas, si un avión trae el mosquito tigre como especie introducida se le castiga con el código penal, si un camión trae "enganchadas" hormigas argentinas es castigado con la ley o si alguién deja sus cabras y ovejas sueltas por la serra de Tramuntana esta incurriendo en un delito. Alguién que tiene a su gato sin identificar y lo suelta en las plácidas noches de primavera y verano cuando los pollos de muchas aves están en el nido o saliendo de él....¿también es un delicuente?.
Como he dicho al principio, para Hacienda, el desconocimiento de las leyes no exime la responsabilidad, solo falta saber, si en los delitos ecológicos .....si.
No obstante es una buena noticia que las especies exóticas e introducidas sean encontradas por la legislación como un hecho grave.
UN ABRAZO
JOSE LUIS MARTINEZ
- Maties Rebassa
- Member
- Entrades: 1030
- Membre des de: dl. gen. 07, 2008 5:52 pm
Molt interessant, encara que jo em faig les mateixes reflexions que fa en J.Luis.
Sempre m'ha parescut increïble que en temes de conservació de la natura es pugui al·legar falta de coneixement (o falta de senyalització, que per al cas és el mateix), mentre que per a altres matèries a ningú se li passaria pel cap fer-ho si no vol que el prenguin per boig.
La modificació del Codi Penal que ha mostrat en Biel pot ser una arma molt poderosa. Supòs que sempre s'haurà de demostrar que la introducció o alliberació d'exemplars al·lòctons "perjudica l'equilibri ecològic", com diu la mateixa Llei, però així i tot pot ser una eina molt eficaç.
De totes maneres, i ja m'estic sortint del tema, pens que el problema de fons està en que es segueix permetent "traficar" amb éssers vius com si fossin vulgars objectes, i a lo més que s'aspira actualment és a posar limitacions a aquest tràfic. En lloc de llistes d'espècies prohibides, pens que en el pitjor dels casos s'haurien de fer llistes d'espècies "permeses", de la mateixa manera que es va passar de llistes d'espècies que no es podien caçar (i tota la resta sí), a llistes d'espècies caçables (i tota la resta no). Així seria més fàcil dur un control.
Salut!
Sempre m'ha parescut increïble que en temes de conservació de la natura es pugui al·legar falta de coneixement (o falta de senyalització, que per al cas és el mateix), mentre que per a altres matèries a ningú se li passaria pel cap fer-ho si no vol que el prenguin per boig.
La modificació del Codi Penal que ha mostrat en Biel pot ser una arma molt poderosa. Supòs que sempre s'haurà de demostrar que la introducció o alliberació d'exemplars al·lòctons "perjudica l'equilibri ecològic", com diu la mateixa Llei, però així i tot pot ser una eina molt eficaç.
De totes maneres, i ja m'estic sortint del tema, pens que el problema de fons està en que es segueix permetent "traficar" amb éssers vius com si fossin vulgars objectes, i a lo més que s'aspira actualment és a posar limitacions a aquest tràfic. En lloc de llistes d'espècies prohibides, pens que en el pitjor dels casos s'haurien de fer llistes d'espècies "permeses", de la mateixa manera que es va passar de llistes d'espècies que no es podien caçar (i tota la resta sí), a llistes d'espècies caçables (i tota la resta no). Així seria més fàcil dur un control.
Salut!
Maties Rebassa l’ha editat per darrera vegada el dia: dg. jul. 04, 2010 2:00 pm, en total s’ha editat 1 vegada.
Amor, alenteix-te. El final mai és tan divertit com l'inici. Per favor, continua essent un infant en algun lloc del teu cor.
Original of the species, U2
Original of the species, U2
Madre mia, Maties si que has tocado un tema de lo más peliagudo, el del tráfico de animales
Siempre me sorprende que para tener un perro de una de esas razas a las que llaman "molosos", considerados como peligrosos, tengas que poner un chip al animal (en caso de que haga "algo" existe responsabilidad por parte del dueño), se exige además que el dueño pase un control psicotécnico y tienes que llevarlo con bozal y atado.
Pero si tengo en mi casa, zoológico particular, colección de rapaces etc, una Boa constrictor, un koatí, una cotorra de argentina e incluso un tigre, basta con tener los papeles del CITES (en algunos casos) o la licencia de que ha nacido en cautividad. En resumen que si suelto los 4 mapaches que compré porque eran "superchulos" cuando eran cachorros, en la Serra, nadie me puede decir nada porque la ley no me obliga a tenerlos identificados, pero si me regalan mañana un Bulldog, la Guardia civil me puede denunciar si se me escapa porque la ley me obliga a ponerle un chip.
El tráfico ilegal de seres vivos es el 3º que más dinero mueve en el mercado negro...pero ¿y si le sumamos el tráfico "legal"?
UN ABRAZO
JOSE LUIS MARTINEZ
Siempre me sorprende que para tener un perro de una de esas razas a las que llaman "molosos", considerados como peligrosos, tengas que poner un chip al animal (en caso de que haga "algo" existe responsabilidad por parte del dueño), se exige además que el dueño pase un control psicotécnico y tienes que llevarlo con bozal y atado.
Pero si tengo en mi casa, zoológico particular, colección de rapaces etc, una Boa constrictor, un koatí, una cotorra de argentina e incluso un tigre, basta con tener los papeles del CITES (en algunos casos) o la licencia de que ha nacido en cautividad. En resumen que si suelto los 4 mapaches que compré porque eran "superchulos" cuando eran cachorros, en la Serra, nadie me puede decir nada porque la ley no me obliga a tenerlos identificados, pero si me regalan mañana un Bulldog, la Guardia civil me puede denunciar si se me escapa porque la ley me obliga a ponerle un chip.
El tráfico ilegal de seres vivos es el 3º que más dinero mueve en el mercado negro...pero ¿y si le sumamos el tráfico "legal"?
UN ABRAZO
JOSE LUIS MARTINEZ